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Estándar 72. Especifica las características esenciales de la Constitución de 1931. PREFERENTE

Constitución de 1931

Ya legalizado el gobierno, se redactó una nueva Constitución, cuyo proyecto fue el resultado de un compromiso entre socialistas y republicanos de izquierdas para establecer una república democrática, laica no confesional, sin financiación de culto y clero, con la prohibición de ejercer la educación por parte de éste, y  estableciendo la libertad de conciencia y cultos.

Establecía nítidamente el principio de Soberanía Popular, declarando al nuevo estado español como una "República democrática de trabajadores de todas clases que se organizan en régimen de Libertad y de Justicia. Los poderes de todos sus órganos emanan del pueblo".  

Recogía una amplia declaración de derechos y libertades, como por vez primera en nuestra historia, el derecho al voto de las mujeres, el establecimiento del matrimonio civil y el divorcio, la equiparación entre hijos legítimos e ilegítimos, y el derecho a una educación primaria obligatoria, laica y gratuita. Se respetaba la propiedad privada, pero se asumía el principio de que la riqueza del país quedaba subordinada a los intereses generales.

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Establecía una radical división de poderes
Las Cortes tenían una
única cámara, que era el Congreso de los Diputados, con una amplia capacidad legislativa y de control al gobierno. La Jefatura del Estado se atribuyó al presidente de la República. La Justicia se basaba en la independencia profesional de los tribunales.
Se establece el derecho de las regiones a establecer
Estatutos de Autonomía.

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Bandera tricolor ii republuca.jpg
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